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CUANDO EL MAÍZ SE VOLVIÓ CLÁUSULA, Y NUESTRA CONSTITUCIÓN LE DIJO NO AL T-MEC

10 de mayo 2025

CUANDO EL MAÍZ SE VOLVIÓ CLÁUSULA, Y NUESTRA CONSTITUCIÓN LE DIJO NO AL T-MEC

Si hay algo que ha caracterizado a nuestra actual Presidenta es que, a diferencia de todos los ex presidentes hombres que hemos tenido, a ella no le tiembla la mano si de imponerse frente a Estados Unidos se trata. Y eso lo admiro y lo aplaudo.

Así, hoy el tema que quiero tratar es justamente la reforma a los artículos 4º y 27 constitucionales en materia de conservación y protección de los maíces nativos, publicada el 17 de marzo de 2025 en el Diario Oficial de la Federación (DOF).

Antecedentes:

Primer Decreto: el 31 de diciembre de 2020 se publica en el DOF el primer Decreto sobre maíz transgénico en México, el cual buscó (i) prohibir el uso de este tipo de maíz en nuestra alimentación y el otorgamiento de permisos para siembra, (ii) la sustitución gradual del glifosato por alternativas mucho más sostenibles en aras de proteger la salud, la diversidad biocultural y el medio ambiente e (iii) impulsar la investigación y producción de alternativas de dicho herbicida.

Reforma de Decreto: el 13 de febrero de 2023, se publica en el DOF una reforma al Decreto del 2020 y que, a diferencia de su antecesor, (i) se permite la importación de maíz transgénico destinado al uso industrial y alimentación para animales y (ii) se ordena la realización un protocolo de investigación que determine los posibles daños causados a la salud.

Panel del T-MEC: en atención a la reforma de Decreto (2023), Estados Unidos solicita un panel para examinar las medidas biotecnológicas tomadas por México respecto al maíz genéticamente modificado, por una violación al trato nacional, acceso de mercancías al mercado y medidas sanitarias y fitosanitarias (en este caso, Canadá tuvo participación como tercera parte).

El 20 de diciembre de 2024, el panel emite su informe final (MEX-USA-2023-31-01), en el cual determinó que no pueden aplicarse los elementos del Decreto porque no están sustentados en una evaluación de riesgo adecuado, evidencia científica y normas internacionales.

Cumplimiento: así, en atención al informe final, México publica el 5 de febrero de 2025 el Acuerdo que deja sin efectos la aplicación de las disposiciones contenidas en la reforma de Decreto (2023).

Sin embargo, de forma casi simultánea, se publica el Decreto que reforma a los artículos 4º y 27 constitucionales, en materia de conservación y protección de los maíces nativos. Lo que hay que destacar de esta reforma, es que no solo establece las medidas para preservar y proteger a las 59 razas de maíces nativos y las eleva a rango constitucional, sino que declara al maíz como elemento de identidad nacional, siendo la base de la existencia de pueblos indígenas y afroamericanos, su cultivo -al menos en territorio nacional-, debe de ser libre de modificaciones genéticas, prioriza la protección a la biodiversidad, soberanía alimentaria y manejo agroecológico, promueve la investigación, innovación y conocimientos tradicionales y fomenta la actividad agropecuaria y forestal de semillas nativas.

Considero que el mensaje que se transmite es sumamente poderoso no solo a nivel jurídico, sino político e incluso simbólico. Lo que se grita es que aunque seamos parte del T-MEC, nuestros valores permanecen y que, aunque esto implique fricciones en el comercio con nuestros vecinos, se puede abrir la posibilidad de cuestionar disposiciones de corte internacional que generan una afectación a políticas internas vinculadas con elementos básicos como la salud, medio ambiente, pueblos originarios y biodiversidad a la luz de principios como el de precaución, in dubio pro natura y sostenibilidad ambiental.

MNR

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